Titulo de credito.
//Documento expedido a cargo de una institucion de credito.
Solo puede ser girado por quien tenga fondos en la institucion
y autorizacion de la misma para hacerlo.
La autorizacion se considerara concedida por el
hecho de que se proporcione una chequera.
Se entiende que el ultimo sera pagadero a la vista y cualquier insercion
en contrario se tendra por no puesta.
Debe contener los siguientes:
a) mencion de ser un cheque
b) lugar y fecha en que se expide
c) la orden incondicional de pagar una cantidad de dinero.
d) la cantidad de dinero que deba pagarse (en letra y numero)
e) el nombre del librado
f) el lugar en que debera ser pagado
h) firma del librador
Asimismo, deben incluirse en el cuerpo del documento
el numero de cuenta del librador , o cuenta habiente
y el numero , que en forma progresiva se le dara a cada cheque.
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