Aquel que gira el librador a su propio cargo.
El librador no deja dinero depositado en una
Institucion de credito para cubrir futuros cheques
sino que los compra por cantidades determinadas.
Estos cheques seran nominativos y contendran dos veces
la firma del librador.
La primera de ellas se insertara en el momento de
adquirirlos y la segunda en el momento de expedirlos.
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